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Mi Cuenta Solicitud Recargar Puntos de Venta Puntos de Servicio

POLÍTICAS

  • A. Todo usuario tiene la obligación de respetar las señales de tránsito en las estaciones de peaje, especialmente la de velocidad máxima en el área que es de 10 kph.
  • B. Las etiquetas electrónicas (tags) del Paso Rápido se comercializan insertas en un sobre protector (Kit) que contiene además un instructivo de uso con los detalles para el registro, instalación y operación del servicio.
  • C. El usuario de Paso Rápido dispone de la información asociada al uso de este servicio en el Kit y a través del portal www.pasorapido.gob.do.
  • D. El servicio de Paso Rápido asocia al Usuario con un número de cuenta, que puede incluir varias sub-cuentas, y a cada cuenta o sub-cuenta pueden cargarse diferentes etiquetas electrónicas (tags), con el objetivo de facilitar la administración del servicio a grupos empresariales que quieran llevar un control de uso departamental diferenciado o a grupos familiares que requieran utilizar este tipo de estructura de costos.
  • E. Un usuario puede recargar a una sub-cuenta en específico, y únicamente las etiquetas electrónicas (tags) asociadas a la misma podrán utilizar este balance.
  • F. El usuario de Paso Rápido puede consultar el balance de sus cuentas y sub-cuentas y verificar las transacciones asociadas a los mismos en el portal www.pasorapido.gob.do, utilizando un número de cuenta y una clave de acceso inicial que se le provee en el instructivo que se le entrega al momento de registrarse en el servicio.
  • G. El usuario de Paso Rápido puede activar su cuenta a través de los Puntos de Servicio que se han establecido para los fines y que aparecen detallados en el portal www.pasorapido.gob.do.
  • H. Para habilitar el servicio de una etiqueta electrónica (tag) el usuario deberá registrar la información obligatoria requerida por el sistema en esta página web o llevar el vehículo en que lo colocará a uno de los Puntos de Servicio habilitados para estos fines.
  • I. Las empresas deberán introducir la información requerida por el sistema para sus cuentas antes de remitir sus vehículos a los Puntos de Servicio.
  • J. El servicio de registro e instalación de etiquetas electrónicas (tags) estará disponible cualquier día de la semana en horario de 8:00 am a 5:00 pm en los puntos establecidos para los fines.
  • K. Las etiquetas electrónicas (tags) que presenten fallas técnicas dentro de los seis (6) primeros meses a partir de su instalación, podrán ser reemplazadas en garantía, únicamente si fueron instaladas en un punto de servicio y presentando el formulario que le fue llenado al momento de la instalación.
  • L. El usuario podrá realizar por sí mismo la instalación de la etiqueta electrónica (tag), registrando los datos del vehículo a través del portal www.pasorapido.gob.do; sin embargo perderá la garantía de reemplazo por fallas técnicas dentro de los seis (6) primeros meses de instalación ofrecida para este dispositivo (ver letra K).
  • M. Los usuarios del servicio de Paso Rápido podrán realizar las recargas a sus balances a través de diferentes modalidades de pago, incluyendo pago en efectivo, pago mediante tarjeta de crédito, pago llamando al Call Center de CardNet para el Servicio Paso Rápido al 809.473.3200, o a través de esta página web.
  • N. El servicio de Paso Rápido contará con carriles de servicio exclusivos, a los fines de proveer mayores facilidades de tránsito para los usuarios de esta modalidad, y evitar que tengan que esperar por vehículos que transitan a través de las estaciones utilizando el pago regular.
  • O. Para poder utilizar el servicio Paso Rápido, es obligatorio que el usuario porte la etiqueta electrónica en el cristal delantero del vehículo.
  • P. Está prohibido el uso de los carriles exclusivos de Paso Rápido si la cuenta no tiene balance disponible o si dicho balance es insuficiente para el pago de la tarifa.
  • Q. Las etiquetas electrónicas (tags) que al momento de pasar por los carriles de peaje presenten dificultad para su lectura automática, podrán ser introducidos manualmente al sistema por un supervisor.
  • R. Las etiquetas electrónicas (tags) no podrán ser registrados manualmente a partir del número que ofrece el conductor del vehículo, sino únicamente a partir de una lectura directa que deberá hacer el supervisor de dicho número ingresando al vehículo del usuario. El usuario deberá permitir al supervisor de línea en las estaciones de peaje, verificar la información del paso rápido con el fin de realizar ingreso manual del dispositivo ya sea con el número que contiene el dispositivo o el de la placa del vehículo.
  • S. El sistema del Paso Rápido notifica a la central de datos cada vez que el vehículo que porta un dispositivo electrónico efectúa el pago de la tarifa de peaje mediante una digitación manual. Si el sistema genera 3 notificaciones de este tipo en un mismo mes, automáticamente inhabilita el dispositivo. Por tal motivo, es obligación del usuario alertar al Departamento de Paso Rápido vía su Call Center (809.222.9274 opción 1) si hay algún fallo en la lectura automática del dispositivo, para que dicho fallo sea corregido y evitar que el dispositivo sea inhabilitado.
  • T. El usuario que reciba un requerimiento de cambio de etiqueta electrónica (tag) y que no responda al mismo dentro del plazo para el cambio que se le comunicó desde el Centro de Servicio por la vía telefónica, se le deshabilitará el servicio de Paso Rápido hasta tanto se realice dicho cambio.

Tipos de Cuenta:

  • Cuenta Personal: Para el uso de un   (1)   único vehículo.

  • Cuenta Familiar: Para el uso de múltiples vehículos que se registran en una única cuenta asociada a una persona física.

  • Cuenta Pymes: Para el uso de múltiples vehículos que se registran en una única cuenta asociada a una persona jurídica.

  • Cuenta Corporativa: Para el uso de múltiples vehículos que se registran en una única cuenta asociada a una persona jurídica.

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